División de Cosa Común

División de Cosa Común

La división de la cosa común es un derecho que se reconoce en el artículo 400 del Código Civil.
Según su redactado ningún copropietario de un bien está obligado a permanecer en la comunidad, por lo que puede solicitar cuando lo desee que se divida la cosa común.
Existe una excepción y es que la división de esta cosa común suponga que se quede inservible para su uso.
Existen bienes que no son susceptibles de ser divididos físicamente: un piso por ejemplo. En estas situaciones la división será de carácter económico por lo que procederá la venta de la cosa común para repartir posteriormente el importe obtenido entre sus propietarios.

La solución más recomendable es tratar de llegar a un acuerdo entre los propietarios de forma que se pueda dividir o bien vender el bien para repartir el dinero que corresponda. Un acuerdo extrajudicial entre las partes supone un ahorro de tiempo y costes para todos.

Si no existe acuerdo entre los propietarios referente a la división de la cosa común se tendrá que acudir a instancias judiciales. Será una sentencia la que determine la ejecución de una subasta pública de la cosa común.

Con fecha 15 de Octubre de 2015 entró en vigor la Ley 15/2015 que introdujo cambios en el procedimiento que afecta a la celebración de subastas y por tanto afectaría a la división de la cosa en común si se realiza mediante subasta pública.

A pesar de no ser necesaria la intervención de abogado y procurador es muy recomendable que sea asesorado por expertos en legislación a la hora de confeccionar el pliego que acompaña a la solicitud de subasta. Es de suma importancia que este pliego se encuentre perfectamente redactado para que queden las condiciones de subasta que se desean.

Asimismo, como comentábamos, creemos que en la medida de lo posible la vía del diálogo a la hora de proceder con la división de la cosa común es la más recomendable para ahorrar tiempo, gastos y desgaste a las partes implicadas.
Como abogados expertos en este tipo de conflictos podremos mediar por usted y ayudarle a encontrar un acuerdo que le satisfaga si desea iniciar un procedimiento de división de cosa común.

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